Mediante Cruz Roja Responde, pretendemos reducir los efectos de la pandemia del Covid-19 , adoptando nuevas medidas, y ofreciendo nuestro apoyo y ayuda a la administración pública, en aquellas áreas, en las que somos útiles, asegurando el apoyo y la atención a la población, en especial a las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.
Para ello, vamos a incidir en varias áreas :
Salud .
Difundimos medidas de prevención y contención, con el fin de parar la pandemia. Difusión de contenido digital para ayudar a niños, jóvenes y personas mayores.
Seguimiento telefónico de biomedidas y acompañamiento a centros sanitarios. Seguimiento a personas sin hogar.
Socorros.
Varios son los puntos en que ofrecemos ayuda, destacando, entre otros, nuestro apoyo al sistema de salud con epis y material sanitario. Cobertura a personas sin hogar, ofreciéndoles alojamiento. Asistencia psicosocial para aquellas personas que la necesiten. Movilización con transporte sanitario urgente para aquellas personas que la necesiten. Apoyo al 112. Instalación de infraestructuras hospitalarias temporales.
Inclusión social.
Distribuimos bienes de primera necesidad, para aquellas personas que lo necesitan. Acompañamiento social telefónico y asistencia psicosocial. Alojamiento para personas en situación de riesgo.
Educación.
Apoyo escolar vía acompañamiento educativo virtual. Formación sobre el COVID 19 , para voluntarios , personal de respuesta, y población en general.
Empleo.
Realización de vídeo tutoriales sobre los servicios públicos de empleo, y su situación actual. Información y seguimiento telefónico de oportunidades laborales. Acciones formativas online en competencias básicas.
Medioambiente.
Intercambio de formación con las sociedades nacionales.
Voluntariado.
Movilización de nuestro voluntariado . Protección de voluntarios y personas colaboradoras mediante información de medidas de prevención genéricas.
Desde Cruz Roja Zaragoza os invitamos a que sigáis con la búsqueda activa de empleo, aunque nos encontremos en un momento complicado. Como sabéis un gran porcentaje de ofertas de trabajo se encuentra en internet por eso es muy importante estar familiarizado con las aplicaciones informáticas.
Para eso, os dejamos este link y que os animéis a crear un perfil en Infojobs.
Vivimos tiempos de desafíos, en los que más que nunca, debemos esforzarnos por seguir avanzando unidos, sin que nadie se quede atrás.
SOMOS MAYORES DE 45 AÑOS, SOMOS CAPACES, TENEMOS IDEAS Y TENEMOS DERECHOS .
Las personas mayores de 45 años nos enfrentamos a dificultades cada vez mayores para acceder al mercado laboral. Para que el desarrollo del empleo y la empleabilidad sea favorable debe estar basado en la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razones de edad. Las personas, las empresas y la sociedad en general, debemos avanzar de manera conjunta para minimizar los frenos y potenciar los factores que nos hagan lograr este propósito.
Desafío +45 es una acción participativa de Cruz Roja en la que las personas mayores de 45 años hemos querido demostrar que seguimos siendo válidas para el mercado laboral. Primero, a través de vídeos y fotografías en las que hemos expresado todas las capacidades y conocimientos que podemos aportar a la sociedad. Luego, a través de grupos de trabajo que han dado lugar al Manifiesto Desafío +45, con un decálogo de propuestas para acabar con la discriminación por razones de edad.
¿Compartes nuestros objetivos?
Ayúdanos a difundir el #DesafíoMás45
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No hace mucho tiempo de esta imagen. A simple vista son un grupo de mujeres.
Sin embargo, detrás de cada una de esas, ahora sonrisas, hay un grupo de VALIENTES, que HAN LUCHADO con uñas y dientes por tener un futuro mejor.
Forman parte del proyecto de Itinerarios De Empoderamiento Entre Mujeres para el Empleo. GIRA MUJER de COCA-COLA.
Todas ellas lo han logrado, han mejorado notablemente sus COMPETENCIAS, han trabajado en EQUIPO, se han ESFORZADO, se han ORGANIZADO, han sacado adelante a sus FAMILIAS, han aprendido a invertir TIEMPO en ellas mismas, con un objetivo común: CONSEGUIR UN TRABAJO
No es tarea fácil. Y menos con la actual crisis sanitaria que estamos viviendo, pese a ello muchas de estas mujeres han logrado su objetivo actualmente. ¿Qué quiero decir con ello? Que, ante los cambios, hay que generar una respuesta, tener la capacidad de adaptación necesaria para afrontarlos. Todas ellas tienen esa capacidad, al igual que tú, que estás leyendo esto.
Desde Cruz Roja podemos ayudarte a mejorar esas competencias que te hacen falta para dar un paso adelante.
Podemos acompañarte en tu proceso de cambio y brindarte la oportunidad de sacar a la luz todas aquellas cualidades necesarias a la hora de encontrar el trabajo que estás buscando.
Para ello es fundamental dar un giro a nuestro pensamiento e innovar, lo que antes podría haber sido “cómo entregar un currículum” hoy lo vamos a transformar en “cómo hacer tu propio video currículum”. Lo que ayer era entregar en mano una carta de presentación, hoy va a ser cómo realizarla digitalmente y cómo darle difusión.
Es nuestra oportunidad, se abre una puerta que nos transporta de lo analógico a lo digital y nosotros, desde CRUZ ROJA podemos acompañarte en el cambio.
RECUPERA LA ILUSIÓN . GENERA EL CAMBIO QUE NECESITAS.
Pincha en este link que te dirige al Servicio Multicanal de Orientación desde el que puedes acceder a una gran cantidad de información y formación para el empleo.
En el siguiente enlace tienes vídeos explicativos sobre dónde encontrar ofertas de empleo, cómo hacer un currículum, claves para trabajar tu marca personal, hacer un trámite administrativo a través de Internet, cuales son los papeles que necesitas para pedir una prestación.
¿ QUÉ ES UN EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO ( ERTE)?
¿ Cómo afecta a las trabajadoras y los trabajadores?
Desde Cruz Roja Zaragoza estamos realizando una inmensa labor y esfuerzo para seguir promoviendo la igualdad de oportunidades, y de esta forma ayudar a aquellas personas que se encuentren en una mayor situación de desventaja puedan reincorporarse y acceder al mercado laboral en igualdad de condiciones.
Nuestra organización tiene la obligación de actuar con más fuerza si cabe en situaciones como las que actualmente estamos viviendo. Desde hace décadas la sociedad ha experimentado una evolución que ha conllevado que la realidad cambie continuamente, hecho que puede conllevar a que en ciertos momentos se produzca cierto desconocimiento o desconcierto ante la misma. Es por ello por lo que Cruz Roja mantiene un flujo constante de comunicación para poder informar a través de diversos medios acerca de los distintos acontecimientos y cambios que se producen y que engloban con nuestra amplia área de actuación.
Desde el Plan de Empleo de Cruz Roja en Zaragoza somos conscientes de que hay personas cuya situación laboral se está viendo afectada por la actual crisis sanitaria. Uno de los cambios más significativos que se están produciendo en el mercado laboral y del cual la población manifiesta desconocimiento es el Expediente Temporal de Regulación de Empleo, o ERTE. Dicho mecanismo es una autorización temporal que se concede a una empresa o compañía para suspender uno o varios contratos de trabajo durante un tiempo determinado.
¿ Pero, qué supone que una empresa solicite un ERTE? ¿ Quién debe aprobarlo? ¿ ¿Como afecta a las trabajadoras y los trabajadores que la empresa donde trabajan aplique un ERTE? Todas estas preguntas tienen respuesta en este interesante video editado por el servicio Multicanal de Cruz Roja Española.
¿ Cómo solicitar la nueva prestación extraordinaria para autónomos afectados por el COVID-19?
El Gobierno aprobó la pasada semana un paquete de medidas extraordinarias para trabajadores y trabajadoras por cuenta propia, empresas y trabajadores asalariados afectados por la declaración del estado de alarma ante la pandemia por el COVID-19.
Una de las principales medidas ha estado destinada a los autónomos y autónomas con la aprobación de una prestación extraordinaria con el objetivo de paliar los efectos negativos sobre sus negocios de la pandemia del COVID-19, cuyas principales claves desgranábamos en esta guía, hoy les contamos cómo solicitarla.
1. ¿Quién puede solicitar esta prestación?
Cualquier trabajador por cuenta propia inscrito en el régimen correspondiente que se vea afectado por el cierre de negocios debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación este mes caiga un 75% respecto a la media mensual del semestre anterior.
El trabajador deberá hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. No obstante, si no se cumpliera este requisito, el trabajador autónomo dispondrá de un plazo de treinta días naturales para su ingreso.
2. ¿Dónde puedo solicitar esta prestación?
Con carácter general, la gestión de esta prestación corresponderá a la mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que esté adscrito el trabajador o trabajadora. En el caso de los autónomos en alta en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, la gestión corresponde al Instituto Social de la Marina. Finalmente, en el supuesto (residual) de los autónomos que tienen concertada la protección por contingencias profesionales con el INSS, la gestión corresponde al SEPE.
3. ¿Cómo debo presentar la solicitud?
Actualmente, las mutuas y el ISM (y el SEPE) han habilitado formularios en sus páginas web para descargar la solicitud y adjuntar la documentación pertinente para realizar la gestión de manera totalmente telemática.
4. ¿Qué documentación debo presentar?
En el caso de cese de actividad por fuerza mayor, el trabajador autónomo debe presentar una declaración jurada en la que deberá constar la fecha de la producción de la fuerza mayor (declaración del estado de alarma, el 14 de marzo). Se utilizará el modelo normalizado de cada mutua.
Si se solicita debido a la pérdida de ingresos, deberá aportar la información contable que lo justifique: copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos. En el caso de los autónomos que no están obligados a llevar los citados documentos de contabilidad, se admitirá cualquier medio de prueba admitido en derecho.
Además, toda solicitud deberá ir acompañada de una declaración jurada en la que se haga constar que cumplen todos los requisitos exigidos para causar derecho a esta prestación.
5. ¿Qué plazo tengo para presentar la solicitud?
Se puede presentar la solicitud desde el pasado 18 de marzo, con la entrada en vigor de la medida, aunque se reconocerá el derecho desde el día 14 de marzo, fecha de la declaración del estado de alarma.
El plazo para solicitarla prestación es de un mes (hasta el 14 de abril) desde la entrada en vigor, sin perjuicio de que puedan modificarse las medidas adoptadas en caso de prórroga del estado de alarma.
6. ¿En qué plazo se resolverá la solicitud?
El artículo 11.5 del Real Decreto 1541/2011 prevé que la mutua correspondiente resolverá la solicitud en el plazo de 30 días hábiles desde su recepción con toda la documentación preceptiva. Pero dada la gravedad de la situación las mutuas están haciendo un importante esfuerzo por acortar drásticamente este plazo.
7. ¿Debo seguir pagando las cuotas?
Durante la percepción de la prestación, la Tesorería General de la Seguridad Social TGSS) no solo no cobrará las cotizaciones, sino que se contabilizará como periodo cotizado.Si la prestación extraordinaria fuese reconocida por la mutua después de que la TGSS haya hecho el cargo de las cuotas, la TGSS devolverá de oficio las cuotas que hayan ingresado los trabajadores autónomos cuando se superpongan con la prestación extraordinaria por cese de actividad, sin que tengan que solicitarlo, y una vez que se verifique el ingreso de las cuotas y la concesión de la prestación.
Aunque también se podrá solicitar la devolución de las mismas a través del Sistema RED.
8. ¿Debo darme de baja en el RETA?
El trabajador autónomo que suspenda la actividad no estará obligado a tramitar la baja durante el periodo de percepción de la prestación extraordinaria por cese de actividad.
Si la causa del derecho a la prestación es la reducción de la facturación, deberá permanecer de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social.
Publicación de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.